Matrimonios
Los matrimonios de ciudadanos peruanos celebrados en la jurisdicción del Consulado General del Perú en Los Ángeles (condados de IMPERIAL, KERN, LOS ANGELES, ORANGE, RIVERSIDE, SAN BERNARDINO, SAN DIEGO, SAN LUIS OBISPO, SANTA BÁRBARA y VENTURA en el estado de California), pueden ser inscritos en el Registro de Matrimonios de este Consulado General.
En caso que el matrimonio se haya producido fuera de la jurisdicción arriba mencionada, debe de tener en cuenta lo siguiente:
- La partida de matrimonio americana original debe ser legalizada por parte del Consulado peruano correspondiente o apostillado en la Secretaría de Estado de su jurisdicción como requisito previo.
- Debe de presentar la “constancia de no inscripción de matrimonio” solicitada al consulado de la jurisdicción consular correspondiente al Acta de Matrimonio americana.
- Si el acta americana no menciona su información completa tal como aparece en su DNI, deberá solicitar el “affidavit” de matrimonio al County Clerk que emitió dicha acta.
El registro del matrimonio en las Oficinas Consulares no implica una nueva celebración de matrimonio, sino, permite el reconocimiento en el Perú del matrimonio contraído ante autoridad extranjera.
Requisitos
- Requisito 1: Es necesaria la presencia del cónyuge peruano quien debe traer físicamente su DNI.
- Requisito 2: Presentar la partida de Matrimonio Original (Marriage Certificate) la cual se archivará en el consulado. La partida debe de ser en formato largo (no “abstract”). El documento deberá ser legible y estar en perfecto estado de conservación. Cualquier deterioro en la partida implicará el rechazo de su solicitud.
- Requisito 3: Presenta una copia del DNI del cónyuge peruano que no asistió al Consulado. Si el conyuge es extranjero traer una copia de su pasaporte, licencia de conducir o documento de identidad (los nombres en estos documentos deben ser iguales a los que se mencionan en la partida de matrimonio). El cónyuge extranjero no podrá realizar el registro sin la presencia del cónyuge peruano.
- Requisito 4: Los cónyuges peruanos deben figurar como solteros, viudos o divorciados en sus DNI o en la base de datos del RENIEC (Registro civil peruano). Si uno de los cónyuges es extranjero, y anteriormente ha estado casado, debe presentar la copia de la sentencia de divorcio estadounidense.
- Requisito 5: Al momento de sacar su cita, es obligatorio adjuntar la imagen de los documentos de identidad de los contrayentes, partida de matrimonio americana y, si uno de los contrayentes al momento de casarse su estado civil es divorciado, deberá cargar al sistema imagen de la sentencia.
El dia de su cita los conyuges peruanos deberan de cambiar su estado civil en el DNI, para ello traer dos fotografías RECIENTES (no más de una semana de la toma), tamaño pasaporte, a colores, con fondo blanco, de frente, sin anteojos ni prendas en la cabeza, con el rostro totalmente descubierto, sin cerquillo (que se observen ambas cejas), sin mostrar los dientes, y sin gestos, rostro neutral. Ver la sección “DNI” para costos y requisitos adicionales.
El día de su cita recibirá una (01) copia del acta de matrimonio peruana.
Importante
Los nombres de los cónyuges deben de figurar en el acta americana tal y como está en el DNI peruano o el documento de identidad extranjero. En el caso de la cónyuge, debe de figurar con el apellido de soltera. Cualquier divergencia en los nombres con respecto a los documentos de identidad implicará el rechazo de su solicitud.
El día de su cita, se sugiere la presencia de ambos cónyuges para que firmen el acta de matrimonio peruana.